7 de febrero de 2017

Trump, Israel y Palestina: Un mal augurio para la seguridad colectiva?

Otra reflexión sobre el Efecto Trump por Natalia Castro

Natalia  Castro

 

Como ya había sido anunciado durante la campaña electoral, tras su posesión D. Trump reafirmó su intención de instalar una embajada de su país en la histórica ciudad de Jerusalén[1]. Tal anuncio se vio acompañado por la polémica nominación de un reconocido defensor de la construcción de colonias en territorio palestino ocupado, como embajador en Israel[2].

Si bien se trata de decisiones propias del ejercicio soberano de competencias diplomáticas por parte del presidente norteamericano en el marco de la relación bilateral entre Estados Unidos e Israel, las decisiones anunciadas, aunadas a otras similares[3], han sido interpretadas por algunos como un mal presagio en relación con el futuro de la gestión colectiva de la paz y la seguridad internacionales. Antes de preguntarnos si dichos augurios están justificados y cuáles podrían ser las eventuales consecuencias jurídicas en caso de que las medidas anunciadas llegasen a aplicarse, es necesario señalar algunos elementos de contexto en relación con el rol de Estados Unidos respecto de la postura adoptada por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas frente al conflicto en medio oriente.

Como miembro permanente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, Estados Unidos ha jugado un papel trascendental en el tratamiento que este órgano ha dado al conflicto entre Israel y Palestina. Concretamente, debe resaltarse que el apoyo norteamericano a Israel ha sido un obstáculo constante frente a la posibilidad de que el Consejo adopte medidas coercitivas con miras a garantizar una salida al conflicto. En particular, desde 2002, en aplicación de la llamada doctrina Negroponte, la Casa Blanca ha opuesto su veto a toda resolución del Consejo que no se dirija en términos similares (de condena o llamado de atención) a las dos partes del conflicto, y en particular a los grupos terroristas que ponen en riesgo la seguridad del Estado hebreo. Dicha actitud contrasta con la adoptada por la Asamblea General de la ONU y por otros órganos de la misma organización como el Consejo de Derechos Humanos y la Corte Internacional de Justicia que han condenado las violaciones del derecho internacional (en particular de derechos humanos y de derecho internacional humanitario) cometidas por el Israel en detrimento del pueblo palestino y que han, incluso, exhortado al Consejo de Seguridad a adoptar medidas con miras a obtener la solución de un conflicto que, además de ser la causa de una grave crisis humanitaria, constituye una amenaza constante para la paz y la seguridad internacionales.

En dicho contexto, los anuncios de la administración Trump podrían ser vistos, como un paso decisivo en el camino de apoyo a Israel seguido hasta ahora por la Casa Blanca[4]. Sin embargo, y este es un hecho que vale pena resaltar, la administración de B. Obama parecía haber mostrado cierta intención de apartarse de dicho camino cuando, a menos de un mes de dejar su cargo, el entonces presidente norteamericano decidió apoyar (con su abstención) la adopción en diciembre de 2016 de la resolución 2334 del Consejo de Seguridad. Esta resolución califica de violación flagrante del derecho internacional la construcción de colonias israelíes en el territorio palestino ocupado y advierte que dichas colonias constituyen un obstáculo mayor para la solución del conflicto por la vía del reconocimiento de dos Estados soberanos (uno judío y uno árabe) propuesta e impulsada desde 1947 por la ONU[5].

Aunque no es la primera vez que el Consejo de Seguridad califica de contraria al derecho internacional la conducta de Israel, la resolución 2334 es la primera desde 1980 en referirse expresamente a la construcción de colonias en territorio ocupado, incluido Jerusalén. Dicha declaración junto con la condena del Consejo de seguridad respecto de “todas las medidas tendientes a modificar la composición demográfica, el carácter o el estatus del territorio palestino ocupado desde 1967, incluido Jerusalén Este” y en particular “la transferencia de colonos israelíes, la confiscación de tierras, la destrucción de viviendas y el desplazamiento de civiles palestinos”[6] cobra vital importancia en el contexto actual, por cuanto las medidas así descritas se ajustan a una de las formas de crimen de guerra descritas por el Estatuto de Roma[7]. Tal coincidencia no parece ser fruto del azar. Cabe recordar que desde 2015 la oficina de la fiscal de la Corte Penal Internacional conduce una indagación preliminar sobre la situación de Palestina[8]. Si bien el Consejo de Seguridad no hace alusión a la posibilidad de que los responsables de un presunto crimen de guerra sean juzgados por la CPI, la resolución puede ser entendida como una forma de apoyo a la jurisdicción penal en caso de que dicho proceso tome forma algún día.

El apoyo norteamericano a la resolución fue abiertamente criticado por D. Trump quien, desde antes de su posesión, anunció que en este como en otros aspectos la relación entre Estados Unidos y la ONU estaba por cambiar. Habiendo denunciado la implicación del gobierno de B. Obama en la adopción de la resolución y la postura de la ONU al respecto[9], el gobierno de Israel ha celebrado los anuncios efectuados por D. Trump y ha aprovechado el nuevo contexto para anunciar la construcción de un número considerable de nuevas colonias en territorio palestino y particularmente en Jerusalén[10].

Si bien los hechos son aún recientes para emitir conclusiones de fondo[11], el análisis de la situación parece poder dividirse en dos niveles.

En un nivel puramente jurídico, el análisis puede circunscribirse a las consecuencias para Estados Unidos de la — virtual —  puesta en marcha de las medidas anunciadas por D. Trump. A este respecto es necesario advertir que, como lo afirmó la Corte Internacional de Justica en 2004[12], las normas de derecho internacional humanitario violadas por Israel tienen carácter imperativo y por tal motivo, existe una prohibición que pesa sobre todos los miembros de la comunidad internacional de reconocer la situación ilícita causada por dicha violación o de prestar asistencia al mantenimiento de la misma[13]. La decisión de D. Trump de instalar una embajada en Jerusalén no sólo sería contraria a resoluciones anteriores del Consejo de Seguridad[14], sino que además podría ser interpretada como un acto de reconocimiento de la modificación de fronteras operada — en forma ilegal — por Israel como potencia ocupante. De otro lado, el apoyo de la nueva administración estadounidense a la política de implantación de colonias en territorio palestino podría ser considerada como un acto de asistencia al mantenimiento de una situación contraria al derecho internacional y constitutiva de un crimen de guerra. Aunque el rol que la CPI y el mismo Consejo de Seguridad de la ONU podrían desarrollar en relación con estas violaciones es incierto[15], otros actores como la Asamblea General de la ONU y los demás Estados miembros de la comunidad internacional pueden tener en relación con dichas violaciones no debe desconocerse. En particular, cabe resaltar que los actos contrarios al derecho internacional podrían ser sancionados[16] no sólo por las mismas jurisdicciones de Estados Unidos e Israel[17], sino además por las de otros Estados en aplicación del principio de jurisdicción universal.

En un segundo nivel de análisis, que parece más propio de las relaciones internacionales que del derecho internacional en sentido estricto, es necesario reconocer que la situación descrita genera dudas importantes respecto del compromiso de Estados Unidos con el funcionamiento del sistema de mantenimiento de la paz y seguridad internacionales fundado por la Carta de la ONU. Las medidas anunciadas por D. Trump parecen desconocer el rol que dicho Estado está llamado a cumplir como miembro permanente del Consejo de Seguridad. Efectivamente, la postura del nuevo presidente de Estados Unidos parece privilegiar la estrategia bilateral (respecto de Israel) en relación con el conflicto y dejar de lado toda posibilidad de acción concertada en el marco de la organización internacional. Los anuncios emitidos y algunas afirmaciones anteriores respecto de la ONU[18] parecen alimentar la gran incertidumbre que reina en algunos sectores sobre el futuro del sistema de seguridad colectiva instaurado en 1945. A este respecto, es necesario poner de presente que el aparente desprecio del nuevo ocupante de la Casa Blanca por la Carta de la ONU no es el primer — y no será seguramente el último — evento de este tipo del que se repone la organización. Si bien es cierto, la posición dominante de Estados Unidos hace de este un contexto particularmente delicado, se trata sin más de un momento coyuntural que como toda crisis, puede y debe ser capitalizada por la comunidad internacional para reivindicar y consolidar el patrimonio que en materia de paz y seguridad internacionales ha sido construido con gran dificultad desde el final de la segunda guerra mundial. No es momento entonces para malos augurios sino, más bien, para la acción.

 

 

[1] http://www.independent.co.uk/news/world/middle-east/donald-trump-us-embassy-israel-tel-aviv-jerusalem-reports-israeli-media-a7540476.html

[2] http://www.lemonde.fr/ameriques/article/2016/12/16/israel-l-ambassadeur-nomme-par-trump-veut-s-installer-dans-la-capitale-jerusalem_5049784_3222.html

[3] Como las relativas a la crisis migratoria o a la anexión de Crimea por parte de Rusia.

[4] En efecto, la decisión de trasladar la embajada norteamericana a Jerusalén fue tomada en 1995 ( https://www.gpo.gov/fdsys/pkg/PLAW-104publ45/html/PLAW-104publ45.htm) y su ejecución sólo ha sido pospuesta desde entonces por cada uno de los presidentes de Estados Unidos.

[5] Resolución 2334 adoptada el 23 de diciembre de 2016 por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. Documento S/RES72334 (2016).

[6] Resolución 2334 de 2016.

[7] Articulo 8, b, 2, viii del Estatuto de Roma sobre la Corte Penal Internacional. http://www.un.org/spanish/law/icc/statute/spanish/rome_statute(s).pdf

[8] https://www.icc-cpi.int/palestine?ln=fr

[9] El gobierno israelí afirma tener pruebas de que la adopción de la resolución fue orquestada por el gobierno de B. Obama y ha decidido suspender las relaciones diplomáticas con los Estados que votaron a favor de la resolución, además de congelar la ayuda económica hacia algunos de ellos. https://francais.rt.com/international/31378-vote-resolution-onu-israel-france-obama

[10] http://www.lemonde.fr/proche-orient/article/2017/01/24/israel-annonce-un-plan-massif-de-nouveaux-logements-dans-les-colonies_5068469_3218.html

[11] De hecho, la propia Casa Blanca parece haber querido bajar el tono de la discusión al respecto en un comunicado de prensa publicado el 3 de febrero. http://www.lemonde.fr/donald-trump/article/2017/02/03/trump-avance-a-tatons-sur-israel-et-la-palestine_5073968_4853715.html

[12] Legal Consequences of the Construction of a Wall in the Occupied Palestinian Territory, Advisory Opinion, I.C.J. Reports 2004, p. 136.

[13] Esta obligación fue reconocida como parte de la costumbre internacional en la materia por los artículos de la Comisión de derecho internacional de Naciones Unidas sobre la responsabilidad del Estado por hecho internacionalmente ilícito (artículo 41).

[14] En particular a la resolución de 478 de 1980 del Consejo de Seguridad.

[15] Las decisiones del Consejo de Seguridad podrían en todo caso ser paralizadas por el veto estadounidense y el poder de acción de la CPI parece limitado en este caso por cuanto ni Estados Unidos ni Israel han reconocido su competencia.

[16] Bien por esta razón o por ser contrarios a disposiciones análogas presentes en el derecho interno.

[17] La Corte Suprema de Israel ha ordenado el desmantelamiento de algunas colonias consideradas ilegales bajo el propio derecho israelí y en otras ocasiones, condenado acciones consideradas como limitaciones desproporcionadas de los derechos de los ciudadanos palestinos (Ver, por ejemplo http://www.imra.org.il/story.php3?id=21369) Cabe anotar sin embargo, que un proyecto de ley actualmente en curso en el parlamento de Israel pretende declarar legales todas las colonias existentes. Ver: http://www.lemonde.fr/international/article/2016/12/23/la-resolution-de-l-onu-reclamant-l-arret-de-la-colonisation-israelienne-a-ete-adoptee_5053630_3210.html

[18] https://twitter.com/realdonaldtrump/status/812390964740427776